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EMPRESA UNIPERSONAL, PERSONA NATURAL Y JURÍDICA


1. PERSONA NATURAL CON NEGOCIO:

En el Perú puedes constituir tu empresa bajo la forma de persona natural, también conocida como “EMPRESA UNIPERSONAL”. Bajo esta modalidad la persona asume todas las obligaciones de la empresa con su patrimonio personal (ahorros, inmuebles, etc.), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa.
En este tipo de empresa el titular (la persona natural) desarrollará absolutamente toda la actividad comercial y financiera de la empresa en cuestión. Es decir (y esta es la dificultad máxima de este tipo de empresa) que precisamente por no ser una empresa plenamente autónoma, y no de responsabilidad limitada, la persona titular responderá con su patrimonio personal (propiedades, dinero, etc.) por las deudas que pueda tener su empresa. Generalmente se opta por una empresa unipersonal cuando se trata de un proyecto pequeño en el cual se aportará el trabajo y capital.

1.1. Principales características:

+ La constitución de una empresa es sencilla y rápida. No es necesario inscribirla en  registros públicos y los costos de registrarla en la SUNAT son gratuitos.

+ La empresa es creada y administrada por una sola persona
+ No existen mayores requisitos para realizar aumentos de capital y/o liquidación de la empresa


1.2 Ventajas:

+ Bajos costos de constitución, crecimiento y/o liquidación del negocio

+ Beneficios tributarios, laborales y especiales cómo: Acogerse al Régimen Único Simplificado (RUS) en la SUNAT, inscribirse como microempresa con la Ley MYPE y recibir varios beneficios laborales, descuentos en tarifas para trámites especiales en diferentes entidades del gobierno, etc.

1.3 Desventajas:
  • Ante cualquier compromiso o deuda, que por una situación imprevista no pueda pagar, el titular responderá no sólo con los bienes destinados al funcionamiento del negocio sino, también, con el patrimonio personal (terrenos, casas, electrodomésticos, medios de transporte, cuentas privadas, etc.).
  • El capital generalmente está limitado a lo que el titular pueda invertir. Esto puede representar serios problemas al crecimiento futuro de la empresa.
  • Una enfermedad o accidente que me impidiera participar activamente en el manejo del negocio puede significar una interrupción en las operaciones.
1.4 Recomendado para:

+ Negocios pequeños cuyo público objetivo sean básicamente personas y con un moderada expectativa de crecimiento. Ej.: Bodegas, Restaurantes, Panaderías, lavanderías, Comercios, etc.
Ojo:
Si vas a hacerlo como persona natural entonces lo único que puedes realizar con ella son empresas unipersonales, mientras que en el caso de querer sacarlo como persona jurídica, puedes formar muchos otros distintos tipos de empresa. Claro, cada país tiene una legislación diferente, aunque lo más probable es que no sean muy distintos. En Perú puedes encontrar tipos de empresa como la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitara (S.R.L.) y Sociedades Anónimas (S.A.) que pueden derivarse en; Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.) o Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.)

1.5 PASOS PARA INICIAR UNA EMPRESA COMO PERSONA NATURAL CON NEGOCIO:




  ¿Cuáles son los pasos que debo seguir para iniciar mi negocio?

1.     Inscribirte en el RUC a cargo de la SUNAT, si es a través de internet deberás seguir los siguientes pasos:
        Ingrese a Inscripción del RUC por Internet, www.sunat.gob.pe  , complete los datos que el sistema le solicita
Para conocer el detalle de la información que debe ingresar puede:

Descargar la Cartilla de Instrucciones Visualizar la Demo de Inscripción al RUC por Internet. Imprima su Constancia de Información Registrada
§  Acérquese a cualquier Centro de Servicios al Contribuyente cercano a su domicilio o dependencia de la SUNAT que corresponda al domicilio fiscal que ha informado en su inscripción, portando lo siguiente:
§  El original y copia fotostática de su DNI vigente.
§  El original y copia fotostática del documento que sustenta su domicilio fiscal con una antigüedad no mayor a 2 meses, según haya marcado cuando realizó su inscripción por Internet (recibo de agua, recibo de luz, recibo de cable, contrato de alquiler, etc.,) o cualquiera de ellos si no marcó alguno.
§  El trámite es personal, sin embargo, en caso la persona que va a activar su RUC es un tercero autorizado, deberá adicionalmente exhibir el original de su DNI y copia fotostática, así como una carta poder legalizada notarialmente. En este caso ya no se requiere el original y copia del DNI del titular.
§  Indique al personal de SUNAT que ha realizado su inscripción al RUC por Internet, para recibir una atención preferente.
§  Al momento de activar su RUC, solicite su código de usuario y clave de acceso (Clave SOL), la cual le permitirá realizar diversos trámites a través de Internet, tales como: pagar y presentar sus declaraciones, solicitar autorización de impresión de comprobantes de pago a través de imprentas conectadas a este sistema, entre otros.
2.     Obtener autorizaciones o registros adicionales:
§  Licencia de Funcionamiento en la MUNICIPALIDAD correspondiente
§  Permisos especiales, según el giro del negocio
§  Autorización de Planillas de trabajadores, en caso sea necesario
3.     Obtener Comprobantes de Pago, que pueden ser físicos o electrónicos
4.     Obtener y Legalizar Libros Contables, que pueden ser físicos o electrónicos.

2. PERSONA JURÍDICA:
Persona Jurídica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de ésta.
Al constituir una empresa como Persona Jurídica, es la empresa (y no el dueño) quien asume todas las obligaciones de ésta. Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan solo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre (tanto capital como patrimonio).
Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, ésta se pagará solo con los bienes que pueda tener la empresa a su nombre, sin poder obligar al dueño o a los dueños a tener que hacerse responsable por ella con sus bienes personales.

2.1. Ventajas:

a)    Tiene responsabilidad limitada, es decir, el dueño o los dueños de la empresa asumen solo de forma limitada la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, las cuales solo se garantizan con los bienes, capital o patrimonio que pueda tener la empresa.
b)   Mayor disponibilidad de capital, ya que éste pude ser aportado por varios socios.
c)    Mayores posibilidades de acceder a créditos financieros (los bancos o entidades financieras suelen mostrar mayor disposición a conceder préstamos a Personas Jurídicas antes que a Personas Naturales).
d)   Posibilidad de acceder a concursos públicos sin mayores restricciones.
e)    El propietario y los socios trabajadores de la empresa pueden acceder a beneficios sociales y seguros.

2.2. Desventajas:

a)    Mayor dificultad al momento de constituirla, presenta una mayor cantidad de trámites y requisitos.
b)   Requiere de una mayor inversión para su constitución.
c)    Se les exige llevar y presentar una mayor cantidad de documentos contables.
d)   La propiedad, el control y la administración pueden recaer en varias personas (socios).
e)    Presenta una mayor cantidad de restricciones al momento de querer ampliar o reducir el patrimonio de la empresa.
f)     Presenta una mayor dificultad para liquidarse o disolverse.

2.3. Modalidad de la Persona Jurídica:

Representa a una organización con responsabilidad limitada y que tiene como objetivo social realizar actividades económicas. Bajo la legislación peruana existen varias modalidades  para iniciar tu negocio: Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.) y Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.).

2.4 PASOS PARA INICIAR UN NEGOCIO – PERSONA JURÍDICA (EMPRESA):

  






 ¿Cuáles son los pasos que debo seguir para iniciar mi negocio?

Como Persona Jurídica (Empresa)
El representante legal exhibirá:
·       Original de su documento de identidad.
·       Original de uno de los siguientes documentos: recibo de agua, telefonía fija, luz, televisión por cable cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los últimos dos meses; o la última declaración jurada o autoevalúo del local donde funcionará el establecimiento.
·       Original o copia simple del Testimonio de Escritura Pública de Constitución inscrita en los Registros Públicos.


Si el trámite lo realiza una persona autorizada para tal efecto, exhibirá adicionalmente su documento de identidad original y, presentará una carta poder con firma legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de la SUNAT y los siguientes formularios:

·       Formulario N° 2119: Firmado por el representante legal.
·       Formulario N° 2054: Solicitud de inscripción del Gerente General y los representantes legales de la sociedad, de acuerdo con lo establecido en su Estatuto.
·       Formulario N° 2046: Siempre y cuando tuviera locales adicionales al domicilio fiscal.
3.      Obtener autorizaciones o registros adicionales
4.       
§  Licencia de Funcionamiento en la MUNICIPALIDAD correspondiente
§  Permisos especiales, de corresponder
§  Autorización de Planillas de trabajadores, en caso sea necesario
5.      Obtener Comprobantes de Pago, que pueden ser físicos o electrónicos
6.      Obtener y Legalizar Libros Contables, que pueden ser físicos o electrónicos


4. REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN PARA EMPRESAS:


PERSONA NATURAL CON NEGOCIO


PERSONA JURÍDICA

SI LA DIRECCIÓN QUE VA A REGISTRAR ES LA MISMA QUE FIGURA EN EL DNI
SI LA DIRECCIÓN QUE VA A REGISTRAR NO ES LA MISMA QUE FIGURA EN EL DNI


 DNI vigente del Representante Legal

Exhibir el original del DNI vigente
Exhibir el original del DNI vigente
Ficha o partida electrónica certificada por Registros Públicos, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días calendario
Cualquier documento privado o público en el que conste la dirección del domicilio fiscal que se declara.


5. COMPARACIÓN ENTRE UN PERSONA NATURAL Y JURÍDICA:

Persona Natural
Persona Jurídica (Empresa)
La persona ejerce todos los derechos y asume todas las obligaciones a su nombre.
La empresa es quien asume todos los derechos y obligaciones de la misma.
La responsabilidad se extenderá a todo tu patrimonio personal.
La responsabilidad quedará limitada al patrimonio de la empresa.
Solo requieres obtener el RUC, no requiere escritura pública de constitución.
Requiere una Escritura Pública de constitución y que se inscriba en Registros Públicos.
Funciona como una persona  con negocio.
Funciona como una empresa que puede ser tipo Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), Sociedad Anónima o de Responsabilidad Limitada.



¿QUÉ LIBROS CONTABLES DEBO LLEVAR?

Persona Natural
Persona Jurídica
Depende de mis ingresos:
Si mis ingresos brutos anuales al año anterior llegaron a: Hasta 100 UIT (según la UIT vigente para el periodo)
Debo llevar los siguientes libros:

-Registro de Compras
-Registros de Ventas e Ingresos
-Libro de Inventarios y Balances
-Libros de Caja y Bancos

A más de 100 UIT (según la UIT vigente
para el periodo), debo llevar contabilidad completa


Debo llevar la contabilidad completa en todos los casos. Asimismo, debo llevar adicionalmente cualquier otro libro especial que estuviera obligado por el tipo de organización u otras circunstancias particulares (planillas, actas, etc.)





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